Asimismo, se hace mención de
los derechos de propiedad intelectual de propiedad industrial
respecto de invenciones realizadas en los entes públicos de investigación.
Se considerará accidente
de trabajo el que sufran los beneficiarios de becas de investigación
con ocasión o por consecuencia del desempeño de las tareas
y funciones inherentes a su
actividad.
Se entenderá por enfermedad profesional la contraída a
consecuencia de las tareas y funciones
efectuadas por el becario en las actividades especificadas por la normativa reguladora
de enfermedades profesionales y que esté provocada por la acción
de los elementos o sustancias.
Publicado por Diario de León, el 25 de octubre de 2003
Autor: Redacción
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El PSOE
urge a la regulación del correo electrónico en las empresas
El senador del PSOE Francisco Arnau defenderá en el Pleno del
Senado el próximo martes
una Moción en la que insta al Gobierno a regular la dotación
de validez y eficacia jurídicas
de las comunicaciones entre empresarios, trabajadores y sus representantes
realizadas mediante correo electrónico
Pide el senador en su iniciativa, además, que el Gobierno establezca,
regulándolos, los límites
del control empresarial del correo electrónico de los trabajadores,
cuando sea proporcionado
por la empresa, garantizando los derechos a la intimidad personal y al secreto
de las comunicaciones.
Según recuerda Arnau en su moción, el Pleno del Senado,
en noviembre de 2002, aprobó
una moción del Grupo Mixto, firmada por todos los grupos, que instaba
al Gobierno a estudiar la forma
de poner en marcha las medidas necesarias para considerar
el correo electrónico e internet como instrumentos de comunicación
e información de los
trabajadores con sus representantes sindicales y viceversa, con determinadas
condiciones.
Sin perjuicio de lo anterior, el senador socialista confiere carácter
de urgencia a la regulación
de dos aspectos concretos relacionados con el uso del correo electrónico
en el seno de las empresas
que han sido ya objeto de consideración repetida por la doctrina
y la jurisprudencia laborales.
En primer lugar, el correo electrónico implica ventajas considerables
cuya potencialidad debería
aprovecharse dentro de las empresas como válido instrumento jurídico
de intercomunicación
entre empresarios y trabajadores en cumplimiento de derechos y obligaciones
propios establecidos por las leyes, convenios colectivos o contratos individuales
de trabajo.
En un comunicado, recuerda la sentencia del TSJ de Madrid, de 13 de
marzo de 2001, que otorgó
eficacia jurídica a la dimisión de un trabajador, con contrato
de alta dirección,
emitida a través del correo electrónico, dentro del plazo
de preaviso fijado en el contrato.
Preavisos, comunicaciones, informaciones exigidas por las leyes, incluso determinados
deberes de formación, pueden tener en el correo electrónico
el cauce de transmisión
adecuado, siempre que se cumplan determinadas condiciones que la doctrina
y la jurisprudencia han venido ya determinando, advierte el senador.
En segundo lugar, añade Arnau, existe una significativa laguna
legal, tanto respecto a los
límites de utilización por los trabajadores del correo electrónico
proporcionado por las empresas,
dentro del horario de trabajo, como en relación con el control empresarial de
los mensajes de los mismos en uso de su poder de dirección. Los
deberes de lealtad y los de
respeto a la confidencialidad y al secreto de las comunicaciones están
en juego, por lo que deberían
desligarse normativamente los supuestos abusivos de los que no
lo son, subraya.
Por último, destaca el portavoz socialista que la jurisprudencia,
una vez más en el ámbito
de las relaciones laborales, va por delante del legislativo al marcar determinadas
pautas, en orden incluso a despidos producidos que las normas laborales deberían
recoger.
Publicado por noticias.com, el 24 de octubre de 2003
Autor: Agencias
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Zaplana
imitará el modelo francés y alemán para reformar las
pensiones
Las medidas impulsadas por los gobiernos de París y Berlín
persiguen un recorte drástico del gasto
El ministro anuncia cambios "fundamentales" en las prestaciones si el
PP gana las elecciones Eduardo
Zaplana en su intervención en el Foro Intereconomía, ayer.
El ministro de Trabajo, Eduardo Zaplana, aseguró ayer que, si
el PP gana las próximas elecciones
generales, el Gobierno de Mariano Rajoy pondrá en marcha "inmediatamente"
una serie de "reformas sociales fundamentales" que, en el caso de las pensiones,
tendrán como referente los cambios que se están realizando
en Alemania y Francia.
Los gobiernos de ambos países europeos han planteado medidas
para limitar el gasto de las
prestaciones sociales. Estas reformas han suscitado una fuerte reacción
en contra por parte de los
sindicatos.
El ministro se refirió al desarrollo del reciente Pacto de Toledo,
en donde, entre otras cuestiones,
los partidos políticos han dejado abierta la posibilidad de ampliar
el periodo de cálculo
de las pensiones a toda la vida laboral del trabajador.
Según los grupos de la oposición y las centrales sindicales,
esta medida rebajaría hasta un
15% las prestaciones y, por tanto, reduciría el gasto público.
Los expertos del Ministerio
de Trabajo ya han alertado de la posibilidad de que los ingresos del Seguro no
lleguen a cubrir los costes después del 2015.
Zaplana aprovechó su participación en un foro formado
por empresarios y representantes de
entidades catalanas convocado en Barcelona por el Grupo Intereconomía
para dejar claro que "hay
que profundizar en reformas tremendamente necesarias porque lo peor para
un Gobierno es el conformismo". A pesar de que los futuros cambios normativos
en España "tienen el
camino más o menos marcado ya", Zaplana matizó que hay que abordar
los cambios mediante el diálogo social.
NEGOCIACIONES EN PRIMAVERA
El ministro indicó que el calendario de las reformas dependerá
de las negociaciones que se
iniciarían la próxima primavera, aunque algunas fuentes próximas
al Ejecutivo han indicado
que el 2005 es el año más probable para poner en marcha una
reforma laboral.
Además del desarrollo del nuevo Pacto de Toledo por parte del
Ejecutivo, los sindicatos y las patronales, Zaplana tiene sobre la
mesa peticiones de cambios legislativos realizadas
por los sectores de automoción y del textil, que podrían
formar parte de esta reforma
laboral y que tendrían como objetivo aumentar la flexibilidad productiva. Zaplana
indicó ayer que algunas de estas medidas se pondrán en marcha
sin esperar a la próxima
legislatura.
LEY DE EMPLEO
Otro de los cambios legales será la modernización del
servicio de empleo público. La ley
general de empleo, que ayer aprobó el Congreso, permitirá
que el Inem sea más eficaz,
que sea de verdad un intermediario laboral, que gestione las ofertas de
trabajo y, por tanto, no sólo
se limite a apuntar las demandas de los parados, según dijo ayer
el ministro.
Zaplana defendió el nuevo modelo de formación continua
que sustituirá a la antigua Forcem
porque pondrá las ayudas públicas al alcance de las pequeñas
y medianas empresas, que hasta
ahora sólo recibían el 5% de los fondos para cursos de trabajadores
en activo.
Publicado por El Periódico de Cataluña, el 17 de octubre
de 2003
Autor: Antoni Fuentes
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Condenado
un empresario a tres años de prisión por la muertede un obrero
que trabajaba sin medidas de seguridad
El Juzgado de lo Penal número 13 de Madrid ha condenado al empresario
Manuel Flores Santos, titular
de la empresa Flosan (encargada del montaje y desmontaje de andamios)
a tres años de prisión por la muerte de un trabajador en
accidente laboral cuando procedía
a desmontar un andamio, según informó ayer CC.OO.
La sentencia condena a Manuel Flores a la pena de dos años de
prisión "con la accesoria
de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión
y oficio para el montaje
de andamios por tiempo de 4 años", como autor de un delito de homicidio
por imprudencia; y a la pena
de un año de prisión y multa de ocho meses por un delito contra
los derechos de los trabajadores. Igualmente deberá indemnizar a
los familiares del trabajador
fallecido en la cantidad de 124.652 euros.
Según informó a Europa Press el sindicato, los hechos
juzgados están relacionados con la
muerte del trabajador Alfredo Roy Casado cuando trabajaba desmontando un andamio
por cuenta del empresario condenado, en la calle General Arrando de Madrid, el
23 de julio de 1999.
La sentencia considera probado que el trabajador no estaba dado de alta
en la Seguridad Social, no
había recibido formación especial para el desempeño
de su tarea, ni había
ninguna persona encargada de controlar la forma de trabajar de los operarios.
Asimismo --añade CC.OO.-- el andamio carecía de medidas
de seguridad, ya que no tenía
barandilla ni cualquier otro sistema de protección, ni escalera
de acceso a las plataformas
de trabajo, ni puntos de anclaje de cinturones o arneses en elementos fijos y
sólidos, no disponiendo los trabajadores que realizaban el desmontaje
del andamio ni de casco ni
de cinturones de seguridad o arneses.
El trabajador se encontraba en la primera plataforma del andamio, a
unos siete metros de altura,
cuando perdió el equilibrio y cayó al suelo, recibiendo diversas
lesiones que le produjeron
la muerte.
Publicado por Europa Press, el 15 de octubre de 2003
Autor: Redacción
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La
contaminación acústica será el mayor problema en los
centros laborales
La contaminación acústica será el mayor problema
en las oficinas, según un informe sobre
'voz en el trabajo' elaborado por las empresas Plantronic y Unwired, que pronostican
que el ruido 'aumentará espectacularmente' debido a las nuevas tecnologías
de sonido.
El informe señala que los nuevos focos de ruido serán,
entre otros, controles y órdenes mediante
voz, programas de dictado digital, retransmisiones de vídeo y voz
en línea y contenidos
multimedia.
El ruido, indica el estudio, puede provocar estrés, frustración
y problemas psicológicos, además
de reducir la productividad hasta en un 20 por ciento, especialmente en
los lugares de trabajo 'diáfanos',
es decir, sin mamparas. .
En la oficina, el efecto más común del ruido son interferencias
en la intercomunicación de
los empleados, molestias y distracción en la concentración,
y las fuentes más habituales
son las propias conversaciones, el timbre del teléfono fijo y las
impresoras. .
A ello hay que añadir el timbre de los teléfonos móviles,
'que inundan todo el espacio, sin
discriminación'. .
Según este estudio, entre el 30 y el 40 por ciento de las conversaciones
de negocios tienen lugar cuando
los implicados están fuera de sus mesas de trabajo y en tránsito hacia
otro lugar del edificio donde está la oficina. .
'El uso de los móviles para gestionar asuntos de trabajo han
experimentado un importante
incremento', según este estudio, que propone para solucionar o aminorar ésta
y el resto de fuentes de ruido el uso de auriculares, colocación
de mamparas y silenciadores
de aparatos como las impresoras.
. Publicado por EFE, el 6 de octubre de 2003
Autor: Redacción
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Italia retrasa
ocho años la edad de jubilación para los hombres
El proyecto de ley de presupuestos para 2004 es el instrumento jurídico
de una reforma que aumenta
a 40 en lugar de 37 los años de cotización para jubilarse
Cansado del obstruccionismo de los sindicatos y de tener continuamente
vacías las arcas del
Estado, el Gobierno italiano aprobó ayer un proyecto de reforma
radical del sistema de pensiones
que convertirá en ley en menos de un mes aprovechando la mayoría absoluta
de la coalición de Silvio Berlusconi en ambas Cámaras. Las
tres grandes centrales sindicales
reaccionaron convocando una primera huelga general el 24 de octubre.
El proyecto de ley de presupuestos para 2004 es el instrumento jurídico
de una reforma que aumenta
a 40 en lugar de 37 los años de cotización que permiten jubilarse. Además,
aumenta en ocho años la edad de jubilación de los hombres
-de 57 años a 65-, mientras
que la de las mujeres aumentará desde los 57 años actuales
a los 60. La reforma entrará
en vigor en 2008, por lo que no afectará a los italianos que están
a menos de cinco años
de jubilarse con las reglas anteriores.
Si el alargamiento de la edad laboral era imprescindible, ya que la
esperanza de vida de los italianos
se ha duplicado en los últimos cien años, la parte más
ingeniosa de la reforma es
favorecer a las personas que deseen seguir trabajando. Quienes lleguen
a cumplir los requisitos de
jubilación -por años de cotización o edad- pero se
sientan en buenas condiciones
físicas y prefieran seguir trabajando, podrán cobrar el 32%
de su pensión mensual.
Publicado por ABC, el 1 de octubre de 2003
Autor: Juan Vicente Boo
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Las mutuas
podrán proponer altas médicas a efectos económicos
El Gobierno quiere que las mutuas tengan las mismas facultades que el
Instituto Nacional de la Seguridad
Social (INSS) en la gestión de la incapacidad temporal. De aprobar
finalmente un proyecto de real decreto que ha presentado a los agentes sociales,
las mutuas podrán proponer altas médicas a efectos económicos,
algo que ahora sólo
puede hacer el INSS. La inspección tendría un plazo de tres
días para oponerse.
Equiparar las facultades de las mutuas con las del INSS y del Instituto
Social de la Marina (ISM) es
el propósito que el Gobierno persigue en su nueva reforma de la gestión
de la incapacidad temporal (IT).
Según el proyecto de real decreto remitido a los agentes sociales,
las mutuas podrán proponer
el alta médica a efectos económicos, competencia que ahora
sólo tienen el INSS
y el ISM. Si en el plazo de tres días hábiles no hay informe
contrario de la Inspección
de servicios sanitarios, el médico del INSS o el ISM expide el alta,
que implica la extinción
de la prestación económica, manteniéndose vigente
si es preciso la atención
sanitaria. Si la norma se aprueba, el médico de la mutua también
tendrá esta capacidad.
La polémica vuelve a estar servida (ver DM de ayer). Mientras
la Seguridad Social precisa
que el médico del servicio público de salud seguirá
teniendo la última palabra para
dar el alta, el sindicato UGT teme que las mutuas impongan su criterio
atendiendo más a criterios
empresariales que a los de salud.
Fuentes oficiales del Ministerio de Trabajo han explicado a DM que la
reforma que se persigue es
lógica, puesto que las mutuas, además de ser entidades colaboradoras
de la Seguridad Social, asumen
gran parte de la gestión de la IT. "No tiene sentido que INSS e
ISM puedan hacer cosas que las mutuas no".
En cualquier caso, el alta a efectos económicos, que en la práctica,
y según temen los sindicatos,
obligaría al trabajador a renunciar al tratamiento médico,
no es una opción muy
utilizada y es sólo para casos concretos, según ha venido
demostrando la experiencia
del INSS, precisan las mencionadas fuentes de Trabajo y Asuntos Sociales.
Poco frecuente Esta impresión
la suscriben desde la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT):
"El alta a efectos económicos es una opción poco frecuente
para casos en los que se esté
a la espera de una prueba diagnóstica que no impida el desempeño
normal del trabajo", ha explicado
a este periódico un portavoz del servicio jurídico.
AMAT interpreta que la reforma no es tal sino el desarrollo de una atribución
que ya se reconoció
a las mutuas hace tres años, en el Real Decreto-Ley 6/2000, de Medidas Urgentes
de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios
(ver DM del 26-VI-2000).
Sin embargo, UGT asegura que el Gobierno terminó por desistir
en la aplicación de la medida
tras una carta que los secretarios generales de este sindicato y de CCOO enviaron
al presidente del Gobierno.
Trabajo sostiene que el proyecto aún no es definitivo y que aguarda
a las aportaciones de los agentes
sociales, aunque insiste en que el alcance de la reforma no implica peligro
alguno para la gestión pública de la IT o para la salud de
los trabajadores.
El silencio de la Inspección tras 15 días activará
el fin de la baja Otra de
las novedades que prepara el Ministerio de Trabajo en la gestión
de la IT afecta a las propuestas
de alta médica, que ahora vienen tramitando INSS y mutuas indistintamente.
El médico del servicio público de salud tiene diez días
para responder a la propuesta
y, si no lo hace, la Inspección toma la iniciativa y puede aceptar
el alta. Pero si tampoco responde,
no hay consecuencia alguna, con lo que el trabajador sigue de
baja, según UGT.
El Gobierno pretende, siempre según la versión que el
sindicato ha transmitido a este diario,
que si la Inspección no responde a la propuesta de alta médica
que formulen el INSS o las
mutuas en un plazo de 15 días, se considerará que existe
conformidad.
Este cambio en las consecuencias del silencio administrativo obligaría
a los médicos del servicio
público de salud y a la inspección a tramitar con la mayor
premura posible las propuestas
de alta, so pena de que algún enfermo pudiera quedar sin su valoración profesional.
Publicado por Diario Médico, el 26 de septiembre de 2003
Autor: Ismael Sánchez
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Trabajo concede
más a las mutuas en la gestión de las bajas
El Ministerio de Trabajo quiere dar a las mutuas de accidentes de trabajo
el poder que actualmente sólo
tiene el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): dar altas médicas
con efectos económicos a los trabajadores. Las mutuas vienen demandando desde
hace años esta potestad para, según ellas, atajar el fraude.
Los sindicatos rechazan esta
medida y anuncian que la combatirán.
La polémica está servida. Los agentes sociales han recibido
un borrador de real decreto por
el que se faculta a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
a dar el alta a los trabajadores con efectos económicos.
Si bien, en teoría, la última palabra sobre el alta la
tendrán los servicios públicos de salud
de las comunidades autónomas, aunque éstos sólo tendrán
tres días de plazo para negar
dicha alta y si no lo hacen el trabajador en cuestión dejará
de percibir la prestación
por incapacidad y deberá reincorporarse a su trabajo.
Se trata de idéntico procedimiento que el que emplean hoy en
día los facultativos del INSS
y en la práctica supone dar el poder a las mutuas para dar estas
altas. Porque aunque sea
la sanidad pública la que diga en último término si
se emite o no el alta, fuentes
sindicales aseguran que, tal y como están funcionando las bajas
gestionadas por la Seguridad
Social, en tres días los técnicos de los servicios públicos
de salud no tienen tiempo material
para reclamar la revisión del trabajador y dictaminar sobre su caso.
No obstante, según demuestran los datos facilitados por Trabajo,
cuando la Inspección de
Servicios Técnicos Sanitarios llama a un trabajador para investigar
su situación, una de
cada tres personas en situación de baja se incorpora voluntariamente
a su puesto de trabajo.
Éste es uno de los argumentos del Ministerio de Trabajo para
otorgar esta potestad a las mutuas
que ya gestionan la cobertura de incapacidad temporal por enfermedad común de
6,8 millones de asalariados y a 1,2 millones de autónomos. En total,
el 60% de los trabajadores.
En la actualidad, las mutuas sólo pueden proponer a la Inspección
de Servicios Técnicos
Sanitarios, dependientes de los servicios regionales de salud, altas médicas
de los trabajadores. Pero no
existe el plazo de tres días para que se pronuncie dicha Inspección,
por lo que el trabajador sigue de baja si no responde a la demanda.
Las mutuas venían demandando desde hace más de tres años
esta potestad porque, denuncian,
según el sistema actual, el organismo que reconoce las bajas y las
altas depende de las comunidades
autónomas, mientras que la Seguridad Social es la que paga.
Por ello, los médicos de los servicios públicos regionales
'se relajan' más a la hora de
dar las altas con efectos económicos, 'porque no pagan ellos', asegura
un dirigente mutualista.
En cualquier caso, se trata aún de un borrador que ha sido presentado
a los agentes sociales para
que presenten sus alegaciones. Mañana es el último día
para presentarlas, pero los
sindicatos ya manifestaron ayer su rechazo frontal a esta medida y anunciaron que
tratarán de que no se lleve a cabo.
El Ministerio de Trabajo, por su parte, rechazó que esta medida
suponga la privatización
de la gestión de la incapacidad temporal. Los responsables de este departamento
aseguran que la medida 'se limita a mejorar el procedimiento de gestión de
las bajas laborales, que ya existe en las mutuas.
Nuevos riesgos para la paz social
El ministro de Trabajo y Portavoz del Gobierno, Eduardo Zaplana, se
mostró ayer convencido
de que la 'paz social' es estable en este momento y de que existe un diálogo
'muy fluido' entre el Gobierno y los agentes sociales, por lo que, en su
opinión, no hay elementos
que puedan perturbar esta paz social de aquí a las elecciones generales
de marzo. Sin embargo, el optimismo de Zaplana no tardó en verse empañado
a media mañana de ayer. Fue entonces cuando los sindicatos montaron
en cólera al anunciar
la intención del Ministerio de Trabajo de aumentar el poder de las mutuas
para proponer también altas médicas con efectos económicos.
Fuentes sindicales fueron
firmes al asegurar que harán del rechazo a esta propuesta normativa
un casus belli. Una vez más,
según estas mismas fuentes, y como en otras medidas controvertidas, Trabajo
ha actuado en colaboración con el equipo del Ministerio de Economía.
FUNCIONAMIENTO: Cómo se financian estas entidades
Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son
entidades colaboradoras de
la Seguridad Social. A pesar de tener una gestión privada de carácter empresarial,
sus actuaciones son controladas por el Ministerio de Trabajo. Para su financiación,
la Seguridad Social transfiere a las mutuas el dinero de las cuotas que recauda
en concepto de accidente de trabajo, por la práctica totalidad de
los trabajadores asalariados.
Desde mediados de los noventa, además, están capacitadas para
gestionar también las bajas que se producen por enfermedad común.
Las mutuas gestionan ya esta
cobertura en el 60% de los trabajadores. Desde 1998 también pueden actuar
como servicio de prevención de riesgos.
BALANCE CONTABLE: El año pasado vieron por primera vez los números
rojos
En los últimos años, las mutuas han ganado mucha cuota
de mercado en la gestión de las
bajas laborales causadas por enfermedad común, hasta prestar cobertura
por esta contingencia a seis
de cada diez trabajadores. Esto, unido a un sostenido aumento del gasto
en incapacidad temporal, cercano al 13% anual, hizo que el año pasado,
por primera vez, las mutuas
vieran los números rojos en los balances. Aunque este déficit sólo
se dio en la parte de gestión de enfermedades comunes y no en la
de accidentes o enfermedad
profesional, que siguen registrado saldo positivo. Para solucionar este problema,
Trabajo ha aumentado del 5,5% al 5,9% la parte de cuotas por contingencias comunes
que transfiere a las mutuas.
REACCIONES: Satisfacción y prudencia entre los afectados
El borrador de reglamento conocido ayer es todavía eso, un borrador,
por lo que las mutuas de accidentes
de trabajo preferían ayer ser prudentes en sus valoraciones. No obstante,
las fuentes consultadas no ocultaron su satisfacción ante lo que
consideran el cumplimiento
de una de sus demandas más recurrentes. Ya en el año 2000
se facultó a estas entidades
a proponer las altas médicas (sin efectos económicos), lo
que en su opinión
no era suficiente para mejorar la gestión de las prestaciones por
incapacidad temporal. Fuentes
de las mutuas desconfiaban ayer de que éste vaya a ser el texto
final, ya que el Gobierno aún
debe oír las alegaciones de patronal y sindicatos y podría atender
a alguna de sus peticiones.
Publicado por Cinco Dias, el 24 de septiembre de 2003
Autor: Raquel Pascuel
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La
Seguridad Social niega que las mutuas vayan a dar altas laborales
La Secretaría de Estado de la Seguridad Social rechazó
ayer que las Mutuas de accidente
de trabajo vayan a dar el alta a los enfermos por baja laboral, tal y como
ha denunciado UGT.
La Secretaría de Estado asegura que esa posibilidad no se recoge
en el borrador de Real Decreto
Ley que ha remitido a los agentes sociales para mejorar el procedimiento de
gestión de la incapacidad temporal en las Mutuas.
La modificación que estudia el Gobierno se "imita" a modernizar
el procedimiento que existe
de gestión de las bajas laborales en la Mutuas, con la intención
de homogeneizarlo con el que
existe en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y
en el Instituto Social de la Marina (ISM).
La fuente recuerda además que el Servicio Público de Salud
es "siempre" el que tiene la
"última palabra" sobre si procede o no dar el alta a un enfermo.
Por tanto, "no es cierto que por parte de las Mutuas se vaya
a dar de alta a ningún enfermo,
como tampoco lo es que las altas que propongan las Mutuas vayan a ser vinculantes
para los Servicios de Salud", puntualiza la Secretaría de Estado
de la Seguridad Social. Las
Mutuas fueron facultadas en 1993 para gestionar la incapacidad temporal,
potestad que les fue reiterada en 1994 para todos los trabajadores por
cuenta ajena y propia (Ley
42/1994), de acuerdo con el comunicado de la Seguridad Social.
En él también se destaca que la mejora de los mecanismos
y la gestión de las bajas laborales
es una recomendación del Pacto de Toledo, "suscrito por la mayor
parte de las fuerzas políticas
y que cuenta con el aval y apoyo de los agentes sociales, incluido UGT".
Publicado por El Faro de Vigo, el 24 de septiembre de 2003
Autor: Agencias
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La
Seguridad Social niega que se vaya a privatizar
la gestión de la incapacidad temporal
No es cierto que las Mutuas vayan a dar el alta a trabajadores enfermos,
ni que se vaya a poner en riesgo
su salud y mucho menos que se vaya a privatizar la asistencia sanitaria
La Secretaría de Estado de la Seguridad Social niega rotundamente
las manifestaciones realizadas
por la Unión General de Trabajadores, que ha afirmado hoy que
el borrador de Real Decreto Ley que se ha remitido a los agentes sociales
para mejorar el procedimiento
de gestión de la Incapacidad Temporal (bajas laborales) en las
Mutuas suponga la privatización de la gestión de esta prestación.
En este sentido, no es cierto que las Mutuas vayan a dar el alta a trabajadores
enfermos, como tampoco lo es
que se vaya a poner en riesgo su salud o mucho menos que se vaya a
privatizar la asistencia sanitaria.
La modificación que estudia el Gobierno se limita a mejorar el
procedimiento de gestión
de las bajas laborales que ya existe en las Mutuas para homogeneizarlo
con el que existe en el Instituto
Nacional de la Seguridad Social (INSS) y en el Instituto Social de
la Marina (ISM)
Esta homogeneización es necesaria porque las Mutuas de Accidente
de Trabajo gestionan ya esta
prestación de la Seguridad Social en los mismos términos
y con igual alcance que las
Entidades Públicas; es decir, no dan ni una prestación más
ni una prestación
menos que las entidades gestoras de la Seguridad Social. En este sentido, las
Mutuas no van a hacer nada que no hagan ya el INSS o el ISM.
LA ÚLTIMA PALABRA, EL SERVICIO PÚBLICO DE SALUD
En cualquier caso, conviene aclarar además, respecto a la facultad
de que las Mutuas vayan a poder
dar altas a efectos de la prestación económica de incapacidad
temporal, que la última
palabra la tiene siempre el Servicio Público de Salud, ya que esas
altas se someten a su consideración
antes de que surtan efectos.
En este sentido, si el Servicio Público de Salud se opone a la
propuesta de alta, ésta no será
operativa, es decir, no surtirá efecto. Por tanto, no es cierto
que se vaya a dar de alta a
ningún enfermo, como tampoco lo es que las altas que propongan las
Mutuas vayan a ser vinculantes
para los Servicios de Salud.
El proyecto de Real Decreto al que se refiere UGT tampoco privatiza
la asistencia sanitaria, que
seguirá dispensándola el Sistema Nacional de Salud, ni rompe
ningún compromiso
adquirido. Únicamente se limita a superar las deficiencias de gestión
que suponen, en muchas ocasiones,
que se mantenga a trabajadores ya restablecidos en listas
de espera, sin poderse incorporar al trabajo, durante largo tiempo.
En cualquier caso, esta obligación de que las Mutuas y las Entidades
Gestoras de la Seguridad Social
realicen la gestión de la incapacidad temporal en los mismos términos se
establece en el Reglamento de Colaboración de las Mutuas, que data
del 7 de diciembre de 1995.
Además, la facultad de gestionar la Incapacidad Temporal fue atribuida
a las Mutuas por el Gobierno socialista en 1993 y la reiteró en
el año 1994 para todos
los trabajadores por cuenta ajena y cuenta propia (Ley 42/1994).
Conviene recordar, además, que mejorar los mecanismos y la gestión
de la Incapacidad Temporal
es una de las recomendaciones del Pacto de Toledo, suscrito por la mayor parte
de las fuerzas políticas y que cuenta con el aval y apoyo de los
agentes sociales, incluido
UGT.
En concreto, la recomendación número trece establece,
literalmente: "La Ponencia manifiesta
la necesidad de adoptar medidas destinadas a mejorar la gestión
de las prestaciones por incapacidad
temporal y por invalidez, al objeto de frenar las causas de fraude
dentro del sistema público en el acceso y permanencia de las prestaciones.
Entre dichas medidas tendrán
prioridad el establecimiento de un calendario y de los medios humanos
necesarios para el control de dicha incapacidad desde el mismo sistema
y profundizar en la participación
y corresponsabilidad social en la gestión, control y vigilancia
de estas prestaciones".
Por último, también hay que recordar que las Mutuas de
Accidente de Trabajo y Enfermedades
profesionales de la Seguridad Social son entidades colaboradoras del Sistema
de la Seguridad Social, es decir, forman parte del mismo.
Publicado por Ministerio de Trabajo y Servicios Sociales, el 23 de septiembre
de 2003
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